agosto21 , 2026
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    PERSPECTIVAS: senadores con su declaración

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    Sólo 13 senadores con su declaraciónLegisladores de distintos partidos presentan esta mañana declaración jurada de bienes.

    Hasta este mediodía solo 13 senadores de los 32 que componen la Cámara Alta y 43 de los 190 diputados habían hecho su declaración jurada de bienes, informó esta mañana la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.

    Hoy a la media noche vence el plazo de un mes que otorga la Ley 311-14 para que los funcionarios electos y servidores públicos que asumieron sus cargos el 16 de agosto pasado hagan su declaración de bienes.

    El órgano fiscalizador notificó a 13 senadores y a 39 diputados que sus declaraciones ya fueron evaluadas y ahora deben presentarlas en físico para completar el proceso.

    Igualmente informó que otros 6 senadores y 77 diputados iniciaron el proceso de declaración, pero no los han concluido.

    Mientras que de los legisladores salientes, solo han declarados 5 exdiputados y un exsenador.

    También el organismo recibió otras 51 declaración juradas, cinco de las cuales pertenecen a exdiputados que están obligados por la Ley 311-14 ha realizar su declaración jurada de patrimonio luego que concluyen su gestión.

    Del Senado igualmente se recibieron cinco declaraciones juradas, que deben ser evaluadas, de las cuales una corresponde a un exsenador.

    La ley establece que hay que realizar declaración jurada al entrar y al salir del cargo para cual electo o bien designado.

    En esta ocasión senadores y diputados se han quejado ante lo que definen excesivas exigencias y violación de la privacidad familiar por parte de la Cámara de Cuentas.

    Los funcionarios deben depositar información de su cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos.

    Entre lo solicitado figuran copia de cédulas, de pasaportes, certificaciones laborales y certificado de elección o documento que acredite la designación en el cargo.

    Entre otras cosas está en la obligación de depositar certificaciones bancarias y de inversión. También informaciones relativa a los inmuebles que posean, vehículos de motor, armas de fuego, otros bienes muebles, bienes suntuarios, productos agroindustriales y semovientes.

    Las sanciones

    Los funcionarios de elección popular, como sería el caso de senadores, diputados, alcaldes y regidores, que no presenten a tiempo su declaración jurada de bienes como establece el artículo 14 de la Ley 311-14, podrían enfrentarse a un juicio político de destitución.

    La normativa es la que instituye el Sistema Nacional Autorizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Públicos.

    Igual suerte podrían correr los funcionarios elegidos por el Senado de la República y la Cámara de Diputados o el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) que no cumplan con la citada disposición.

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