Miriam Germán prohíbe a fiscales levantar “actas compromiso” que impidan apresar a potenciales feminicidas Por El Nacional – 22/11/2020

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Otro indicador será la existencia de multiplicidad de denuncias contra el hombre agresor. Además, las señales de alertas que vinculen al imputado a crímenes graves como el sicariato, el maltrato infantil, el consumo o tráfico de drogas o el porte y tenencia legal e ilegal de arma de fuego.

El tipo y la forma de las heridas o golpes propinados a la mujer serán otros indicadores en los que tendrá un alto significado de riesgo las agresiones en el cuello, la caja torácica o en las manos.

Serán señales de alertas para los fiscales las amenazas de muerte, la violencia de género en compañía de delitos sexuales o los actos de tortura y barbarie.

También, la violación de la orden de protección por parte del imputado. “Cuando se comprueba o detecta que el imputado incumplió la orden de protección, esto es un indicador de riesgo feminicida y de irrespeto a la ley, es un desafío a la autoridad”, advierte la instrucción general de Germán Brito. “El agresor evidencia con su conducta que no acata las disposiciones judiciales y que representa un peligro inminente para la víctima”, añade.

Los indicadores llaman la atención sobre la violencia ejercida en presencia de hijos menores y el hábito de consumo excesivo de alcohol o sustancias controladas por parte del agresor.

En lo adelante, las armas de fuego de hombres implicados en un caso de violencia intrafamiliar y sexual serán retenidas por las autoridades, sin importar que la porten en forma legal, “especialmente cuando este ha sido parte de la violencia o amenaza infringida”.

La instrucción general de la procuradora establece una serie de directrices a tomar en consideración en los casos de violencia de género intrafamiliar y delitos sexuales que reafirman el rol del Ministerio Público y la participación de la Policía Nacional en la investigación de los feminicidios.

Además, instruye a los fiscales para que gestionen la prisión preventiva de los hombres agresores en los casos de violencia de género, ya que más que el peligro de fuga, el riesgo lo constituye la permanencia forzada del imputado en el entorno familiar y de la mujer denunciante.

Los miembros del Ministerio Público también tienen la obligación de apelar la decisión, en los casos que lo ameriten, cuando un juez disponga la variación de la prisión preventiva para un hombre agresor. Además, mantener un seguimiento estricto de los procesos por violencia de género.

“Cuando una víctima desiste de su denuncia o proceso, esta acción para nada compromete el accionar del Ministerio Público, que debe procurar siempre, aparte del testimonio de la víctima, otros elementos probatorios por si se produce tal circunstancia”, advierte la magistrada Germán Brito.

 

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